¿Está su empresa obligada?
Entre los casos más frecuentes se encuentran:
- Empresas que superan los topes de ingresos establecidos por la normativa vigente.
- Entidades vigiladas o supervisadas por autoridades como la Superintendencia de Sociedades u otras entidades de control.
- Empresas pertenecientes a sectores catalogados con mayor exposición al riesgo.
A través de una evaluación inicial es posible determinar con precisión si la empresa se encuentra obligada a implementar el sistema y cuál debe ser el alcance adecuado de su estructura de cumplimiento.
Diagnóstico inicial
El proceso inicia con una evaluación técnica del estado actual de la empresa frente a la normativa aplicable en materia de prevención del riesgo LA/FT.
Este diagnóstico comprende:
– Evaluación del nivel de cumplimiento frente a la regulación vigente.
– Identificación de brechas y riesgos dentro de los procesos internos.
– Revisión documental y operativa de la organización.
El resultado de esta etapa permite establecer una hoja de ruta clara y técnicamente sustentada para la implementación del sistema.
Implementación del sistema
Una vez identificado el nivel de cumplimiento requerido, procedemos a la estructuración del sistema conforme a la actividad y operación de la empresa.
Este proceso incluye:
- Elaboración del Manual SARLAFT / SAGRILAFT.
- Diseño de la matriz de riesgos.
- Definición de políticas y procedimientos internos.
- Segmentación de contrapartes y procesos de debida diligencia.
- Diseño de formatos, registros y soportes documentales.
- Acompañamiento en la designación del Oficial de Cumplimiento, cuando aplique.
Cada sistema se diseña teniendo en cuenta la operación real de la empresa, evitando el uso de modelos genéricos que no responden a la estructura de la organización.
Seguimiento y actualización
Nuestro servicio contempla:
1
Actualización periódica de matrices de riesgo.
2
Ajustes conforme a cambios normativos o regulatorios.
3
Capacitación al personal sobre políticas y procedimientos del sistema.
4
Acompañamiento permanente al Oficial de Cumplimiento.
5
Preparación y soporte ante requerimientos de autoridades de supervisión.
Enfoque de trabajo
Nuestro acompañamiento se fundamenta en una metodología técnica que prioriza la aplicabilidad real del sistema dentro de la organización. Para ello consideramos:
- Análisis técnico previo antes de estructurar el sistema.
- Evaluación del riesgo real de la operación empresarial.
- Integración del componente legal y contable dentro del sistema.
- Elaboración de documentación clara, comprensible y aplicable.
- Soporte permanente ante requerimientos regulatorios.
En Gómez Asesores & Consultores no trabajamos con plantillas estándar. Cada implementación se desarrolla conforme a la estructura, actividad económica y nivel de riesgo de cada empresa.
Preguntas Frecuentes
¿Quiénes están obligados a implementar SAGRILAFT?
Empresas vigiladas por la Superintendencia de Sociedades que cumplan con ciertos criterios de ingresos, activos o sector económico.
¿Y quiénes deben implementar el SARLAFT?
Las empresas vigiladas por la Superintendencia de Transporte, especialmente las que manejan altos volúmenes de operaciones o recursos, como compañías de transporte de carga, pasajeros, CDA o CEA, entre otras.
¿Qué sanciones existen por no tenerlo?
Pueden ir desde multas millonarias hasta la inhabilidad para contratar y pérdida de confianza de clientes o aliados estratégicos.
¿Cuánto tiempo tarda la implementación?
Depende del tamaño y complejidad de la empresa, pero normalmente logramos implementarlo en pocas semanas, sin frenar tus operaciones.
¿Cuál es la diferencia entre SARLAFT y SAGRILAFT?
Ambos son sistemas para prevenir lavado de activos y financiación del terrorismo, pero SAGRILAFT aplica a empresas no financieras (supervisadas por Supersociedades), mientras SARLAFT aplica al sector financiero y transporte.
¿Qué valor tiene el servicio?
Ajustamos la propuesta según el tamaño y sector de la empresa, garantizando un plan justo y acorde a tu necesidad.
¿Pueden ser mi Oficial de Cumplimiento?
